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Entendiendo que a alguna persona puede preocuparle que no se puedan modificar algunos artículos, pido a esas personas al menos el beneficio de la duda y que los lean, entendiendo que el contenido de los mismos es lo que de verdad importa y para apoyar este argumento tan simple pido que leáis esto; http://lpl-smipp.blogspot.com/2011/07/por-que-no-se-debe-temer-la.html... Justo debajo de estas palabras están las páginas de este blog, puedes encontrar desde los Estatutos, hasta respuestas a preguntas que quizás te estés haciendo ahora mismo... todas las propuestas, de todos los usuarios serán presentadas y votadas por todos los usuarios que deseen participar, será un verdadero inicio de Democracia donde todas las voces estén representadas de igual manera; UNA PERSONA = UN VOTO.

miércoles, 13 de julio de 2011

Inicio de Estatutos del LPL. Propuesta de acción para entregar el Poder Legislativo al Pueblo creando un Parlamento Popular. Segundo Boceto.

Preámbulo;
Este Movimiento, LPL, que aspira con vuestra ayuda y apoyo a prosperar, con todo el respeto y apoyo que hemos dado a DRY, 15M e Indignados, nos sentimos orgullosos de poder presentar una base sólida de acción que será votada por todos a razón de "una persona = un voto"... y para la que quisiéramos contar contigo que lees estas palabras, a nivel personal.
Las votaciones serán en abierto, con lo cual podrás seguirlas y hacer propuestas sobre la marcha si no las has hecho antes.

Primera línea de acción;
Aprovechar las vías legales ya existentes, ante la imposibilidad de forzar a los políticos a que realizen las acciones que desearíamos, como puede ser la modificación de la Ley Electoral, para ello nos centraríamos en una idea precisa, actuar desde dentro.

LPL ha tenido en cuenta el siguiente dato;
Según la Ley de Partidos, los Estatutos de un Partido, son registrados en documento público, esto está reflejado en el artículo 3 de la Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos. Este hecho hace del Acta Fundacional y por ende de los Estatutos de un Partido, un documento vinculante legalmente, es decir, tienen que cumplirse porque lo manda la Ley.

¿Cuál es la pega? La pega es que los Estatutos se pueden variar en un Pleno, con una simple votación y como el poder real en los Partidos está en sus órganos, al final 4 voces deciden por todos sus afiliados, LPL opina que esto es una falsa democracia desde los propios Partidos, entonces ¿qué garantías nos dan unos Estatutos? Ninguna garantía, es lo mismo que pasa con las promesas electorales... hoy los hacemos y mañana los cambiamos para hacer lo que nos plazca, así podemos reírnos de los afiliados y tiranizar una buena idea... sería más de lo mismo.

El movimiento LPL propone impedir esa posibilidad, LPL propone bloquear el posible cambio de la base, de la raíz, sus Estatutos se compondrían de aproximadamente 100 artículos, de los cuales unos 12, de los que ahora mismo tenemos 10, serían Intocables, con el objetivo de garantizar la perpetuidad del corazón y las buenas intenciones del mismo, para garantizar cosas como que el verdadero poder esté en los miembros del LPL y que sus representantes, sus órganos, no sean sino eso.

Por eso es tan importante que participe la mayor cantidad de gente posible en las votaciones, LPL tiene la intención de “Blindar los Ideales de un Futuro Partido”, ¿De qué forma? Pues qué mejor que legalmente… en la redacción de esta Propuesta LPL se centra en crear una Democracia Real desde los cimientos.

LPL entiende y ve, que lo primero que está podrido es el concepto de Democracia al llevarlo a la práctica en los partidos que conoce, ya que el poder se aglutina en unos órganos del partido, perdiendo toda la fuerza la voz y el voto de los afiliados, ése es el primer punto del que quiero hablaros; la redacción de los Artículos Intocables, dichos artículos son aquellos que sólo podrían ser modificados de una manera, disolviendo el Partido, esto es totalmente intencionado, para preservar el corazón y la pureza inicial de esta idea, para preservarnos a nosotros mismos de futuras codicias, no se podrán modificar estos Artículos Intocables con ninguna mayoría, ni aún con la del 100% de sus afiliados. En un guiño a todo el que crea poder centrar una crítica por el hecho de no poder modificar estos artículos, LPL propone que la simple mayoría de 3/5 de sus afiliados pueda disolver el LPL.

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Comienzo pues con la redacción de estos Artículos Intocables;
Intocable nº1;
Cualquier decisión tomada por cualquiera de los Órganos del LPL podrá ser vetada a propuesta de una mayoría real de tres quintos de los afiliados, entendiendo que la “no votación” está del lado de la decisión tomada por los Órganos del LPL. Para este tipo de votaciones de veto, se dispondrá de 3 días, en un horario de 08:00 a 23:00, para hacer lo más efectiva posible la capacidad de veto. Dicha votación tendrá un plazo de un mes para ser organizada por los afiliados contrarios a las decisiones tomadas por los Órganos y serán ayudados por todos los Órganos del LPL en la difusión de este intento de veto, la falta de ayuda o comunicación al resto de afiliados por parte de algún Órgano Nacional o Regional, así como la obstrucción de ésta, será considerada como infracción muy grave, pudiendo suponer una expulsión directa del LPL . Esto implica la entrega del poder real en voz y voto al grueso de los afiliados, salvo lo redactado para la modificación de estos Artículos Intocables, que ninguna mayoría, ni aún del 100% de sus afiliados, puede variar.

Intocable nº2;
El primer objetivo y prueba de la lealtad y honestidad de todo afiliado del LPL, será la disminución del salario base percibido como cargo político hasta el SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL, objetivo que hasta que sea alcanzado por Ley, será por la voluntad de dichos afiliados, renunciando a la parte de su salario base en cantidad suficiente para igualarlo con el mencionado MÍNIMO INTERPROFESIONAL, no cumplir con este artículo implicará la expulsión inmediata del LPL y la puesta a disposición de su cargo en manos del LPL para que éste ocupe su puesto con otra persona dicha persona la acordará de forma motivada el Comité Ejecutivo Nacional, Autonómico, Provincial o Insular, dando al afiliado inmediato traslado por escrito del tenor de la resolución. Dicho margen de salario al que se renunciará, irá destinado a cualquiera de las ONG que posteriormente se elegirán por los afiliados para recibir dichas donaciones, a obra social del propio Estado Español, o bien, si es deseo de dicho cargo político, podrá entregarlo como aportación a los fondos del LPL, no pudiendo hacer jamás un uso del mismo en su beneficio personal, lo que igualmente supondría la expulsión inmediata y directa del LPL. De igual modo, cualquier otro concepto salarial debido a viajes, horas extraordinarias o cualquier otro plus aplicable legalmente a un trabajador en las mismas condiciones, se cobrará igualmente en su cuantía mínima posible legalmente, procediéndose del mismo modo que con el salario base mencionado.

Intocable nº3;
LPL renuncia a cualquier financiación por parte de los Presupuestos Generales del Estado, creyendo que su aceptación es algo indigno, y se limitará ahora y siempre, a contar con la buena voluntad de las personas que crean en él y quieran hacer libremente sus aportaciones sin esperar otra cosa a cambio que el cumplimiento de los presentes Estatutos, con las cuotas de sus afiliados y con cualquier donación o premio del orden que sea, que se deba a la labor y consecución de objetivos por parte del LPL en favor del Interés General.
En apoyo de estas palabras, LPL será ejemplo de claridad en sus cuentas, dando acceso a ellas en tiempo real por parte de todos sus afiliados.
Además, LPL no aceptará ningún tipo de donación o aportación por parte de grandes empresas, entendiendo por grandes empresas todas las que NO sean consideradas PYME's o empresas de Autónomos, para que no haya duda alguna de que no satisfacemos los intereses de minorías poderosas, sino el Interés General.

Intocable nº4;
LPL luchará por el cumplimiento efectivo de La Constitución vigente en cada momento y promoverá la modificación de La Constitución de 1978, en todos aquellos artículos que por su ambigüedad hayan causado singulares problemas al conjunto de los españoles.


Intocable nº5;
LPL promoverá la denuncia e investigación sobre políticos, banqueros y otra serie de ciudadanos, que en base a unos intereses egoístas, habrían cometido, entre otros delitos internacionales, Delitos de Lesa Humanidad, tipificados en el Estatuto de Roma o Estatuto de la Corte Penal Internacional, en su artículo 7. Estos delitos no son prescriptibles y serían castigados con penas de hasta 30 años de prisión, la total expropiación de sus posesiones en cualquiera de sus formas en territorio nacional y fuera de nuestras fronteras en la medida de lo posible, haciendo un balance además de los movimientos de estas posesiones entre los familiares de los condenados para proceder también a su expropiación y por supuesto, sin derecho a cobro de ningún tipo de concepto pagado con dinero público, excepto lo que concierna a la rehabilitación como presidiarios según legislación vigente.

Intocable nº6;
Se legislará para la tipificación del Delito de Traición al Pueblo Español por Cargo Político, en diferentes grados, ajustándose así a la gravedad del delito cometido, con penas de hasta 25 años de prisión, la total expropiación de sus posesiones en cualquiera de sus formas en territorio nacional y fuera de nuestras fronteras en la medida de lo posible, haciendo un balance además de los movimientos de estas posesiones entre los familiares de los condenados para proceder también a su expropiación y por supuesto, sin derecho a cobro de ningún tipo de concepto pagado con dinero público, excepto lo que concierna a la rehabilitación como presidiarios según legislación vigente.
Este delito será tipificado para prevenir la corrupción en España y se desencadenaría cuando la persona que lo comete fuera un cargo político, promoviendo así el abandono de su cargo político a todo aquel que habiendo sido denunciado por un delito "Menos Grave" se sepa culpable, ya que de continuar en su cargo, siendo posteriormente hallado culpable en juicio, sería acusado del Mencionado Delito de Traición al Pueblo Español por Cargo Político. (Este artículo es para dar solución a la insistencia de muchos sobre que un cargo político debe abandonar la política si es imputado, lo que es legalmente imposible, ya que supondría ignorar el derecho a la presunción de inocencia, por el cual no somos culpables hasta que se demuestre en un juicio).

Intocable nº7;
LPL se compromete a luchar contra la Injusticia Social representada por un sistema que actualmente erosiona paulatinamente el Poder Adquisitivo de las personas en beneficio de unos pocos que controlan el flujo de bienes, servicios y del propio dinero, legislando en todos los campos y en medida necesaria para conseguir un control efectivo del IPC, incrementando el Salario Mínimo Interprofesional y los demás salarios en proporción adecuada, para aumentar así el Poder Adquisitivo, creando un evidente y más equitativo reparto de la riqueza.

Intocable nº8;
El Objetivo Primordial del LPL, como su propio nombre indica, es la Liberación del Poder Legislativo, entregando dicho poder al Pueblo Soberano, convirtiendo al Gobierno en un mero ejecutor de la voluntad de Éste, creando para ello un estado continuo de Referéndum en cuanto se posea la mayoría parlamentaria suficiente, para ser sustituido posteriormente, con una modificación de la Constitución de 1978, por un Parlamento Popular; Digital y Físico formado por todos y cada uno de los ciudadanos de España, erradicando en el mismo acto al Parlamento Actual. Creando con este acto una División de Poderes efectiva, donde el Judicial y el Ejecutivo estén al servicio y bajo el control del Legislativo, es decir, bajo el control y al servicio de todos los ciudadanos de España, para la obtención de un Verdadero Bienestar Social, en aras del Interés General. Todo esto con atendimiento al orden, las leyes, la Constitución de 1978 o futuras y especialmente a los Pactos Internacionales de Derechos Civiles y Políticos y el de de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y a otros ratificados por España.
(Si no tienes claro lo que significa esta División de Poderes o lo que significa la Liberación del Poder Legislativo, pincha aquí; http://lpl-smipp.blogspot.com/2011/06/que-significa-liberacion-del-poder.html).

Intocable nº9;
LPL no podrá denegar la afiliación a nadie, únicamente se exigirá que se encuentren en el pleno ejercicio de sus derechos, no estén sujetos a ninguna condición legal para el ejercicio de los mismos y no hayan sido penalmente condenados por asociación ilícita, o por alguno de los delitos graves previstos en los Títulos XXI a XXIV del Código Penal. Esta última causa de incapacidad no afectará a quienes hayan sido judicialmente rehabilitados. Todo esto, como exige la LEY ORGÁNICA 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos en su artículo 2.1, que versa sobre las condiciones a cumplir para poder constituir un Partido y sin dejar de atender a otras disposiciones legales, así como a la Constitución, especialmente en su artículo 14, para que bajo ninguna circunstancia se pueda discriminar a ningún sector de la población.

Intocable nº10;
LPL, al margen de su condición local, regional o nacional, se considera un Movimiento en busca de la Libertad, la Igualdad, la Fraternidad, la Justicia,  y el Interés General y Social a nivel mundial, LPL se consagra Humanitario desde el momento de su constitución y colaborará con toda organización nacional o extranjera que busque la Igualdad Social y el respeto de los Derechos Humanos. Cualquier atisbo por parte de uno de sus afiliados de una actitud diferente a ésta, será tenida en cuenta por los demás como motivo de expulsión.


(Se necesitan más ideas para crear más Intocables y otra cosa importante... si has llegado hasta aquí leyendo y te gusta, te interesa lo que has leído, no te lo guardes, difúndelo, aunque sólo hicieses eso ya sería una gran colaboración, simplemente coge el link de la página de facebook; http://www.facebook.com/pages/SALARIO-M%C3%8DNIMO-INTERPROFESIONAL-PARA-LOS-POL%C3%8DTICOS/213569991997285 o del blog si estas personas no tienen facebook; http://lpl-smipp.blogspot.com/ o también el de nuestro Canal de Youtube; http://www.youtube.com/user/axia2628 o en el nuevo de Tu.Tv donde podéis ver el siguiente vídeo de momento; http://tu.tv/videos/desvelado-complot-mundial-de-citgroup-pa y pégalos en tu muro, pásalo a tus amig@s, ese sencillo gesto puede ser clave ya que quizás tú no tienes tiempo de más pero alguna de esas personas a las que haces que llegue sí puede que lo tengan... un saludo.)


Del mismo modo, es evidente que los órganos que se nombran en los presentes Estatutos no están constituidos, como indico al final del texto, que se encuentra entero en el blog, los órganos han sido tomados como referencia de otros partidos existentes y no serán ni mucho menos los que luego posea el LPL, cuyo objetivo es optimizar resultados a la vez que reduce la cantidad de cargos en una organización jerárquica no piramidal, sino lo más horizontal posible, donde el poder de su presidente no esté por encima del de ningún afiliado cuando a una votación se refiere... tened en cuenta que hace falta gente para este proyecto, LPL agradece toda ayuda, sea del tipo que sea, eso no elimina la realidad de que no hay cabezas de grupo, ni de región, ni nada, aún… y que para crear el LPL debemos ser al menos tres… aunque considerando que se ha empezado con este ideal el 21 de Mayo del 2011, opino que se ha hecho bastante. Muchas gracias a todos los que habéis puesto vuestro grano de arena.

Hasta el árbol más sólido tiene una raíz y este texto pretende ser esa raíz en conjunto con personas provinientes de los citados movimientos, ya que el LPL se compone de miembros de DRY, 15M e Indignados, además de otros grupos, que a nivel individual, no en representación del movimiento, apoyan otras líneas de acción.

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